El juez civil y comercial Eduardo Carbone concedió a Cablevisión un amparo judicial contra los artículos 41 y 161 de la Ley 26522, conocida como "Ley de Medios".
Los artículos cuya aplicación queda provisoriamente suspendida son: el que declara intransferibles las licencias, que sólo podrían ser vendidas con autorización de la autoridad de aplicación, y el que fija el plazo de un año para vender aquellos activos que la nueva ley establece que no pueden ser operados en conjunto con otros.
En el caso de Grupo Clarín, controlante de Cablevisión, existiría incompatibilidad entre el Canal 13 de aire y la operación de Cablevisión en la ciudad de Buenos Aires -donde opera la emisora- y también habría incompatibilidad entre la emisión de múltiples canales para cable (TN, Volver, Metro y Magazine en el caso de Grupo Clarín) y la operación del sistema de cable. La ley admite un canal por sistema de cable.
De acuerdo al diario La Nación de Buenos Aires, existe la certeza de que el gobierno apelará esta decisión judicial. El juez Carbone dictó el amparo con la finalidad de evitar la posibilidad de un "daño irreparable" en caso de que sea aplicada la ley.
Uno de los puntos claves a dilucidar es la característica retroactiva de la ley 26522, que afecta bienes adquiridos y operados legalmente antes de su sanción. Analistas locales consideran que el tema llegará hasta la Corte Suprema de Justicia, organismo que decidirá en definitiva sobre la constitucionalidad de esta ley.
|